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Informativo Digital del CEST        Viernes 14.03.14
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NUEVA WEB DEL CEST

 

MEDIDAS DEL GOBIERNO PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO

 

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Oferta en Publicidad en las guaguas (PUBLISERVIC)

Paella benéfica en pro del Centro de Discapacitados de Adeje y la Asociación San Juan de Adeje.

Revista de la Asociación española contra el Cáncer

 

 

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NOTICIAS PRINCIPALES

 

NUEVA WEB DEL CEST

En el día de ayer vió la luz la nueva web del CEST. Algo muy necesario pues la anterior había devenido obsoleta.

La nueva web tiene un diseño más moderno y acorde a los nuevos tiempos. Además permite una mayor interacción del Internauta posibilitando una mayor comunicación con el CEST.

Sin duda, nuestra web es la principal herramienta de trabajo, moderna, transparente y actualizada. Servirá de fuente de información constante para los Socios y todos aquellos que hacen parte del tejido empresarial y productivo de nuestra Comarca.

Le animamos a conocerla. El dominio sigue siendo el mismo www.cest.org.

Si quiere hacernos llegar sus comentarios para mejorarla, será un placer escucharlos.

 

MEDIDAS DEL GOBIERNO PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO

El Gobierno del Estado, consciente de la necesidad de animar el mercado laboral, ha promulgado recientemente el Real Decreto Ley 3/2014 de 28 de Febrero de Medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida, del que les comunicamos este resumen con lo más importante del mismo. 

Lo más importante es la reducción de las cotizaciones empresariales por contingencias comunes, por contratación indefinida, producidas entre el 25 de febrero de 2014 y el 31 de diciembre de 2014.

Cuantías:

·         Si la contratación es a tiempo completa: reducción a 100 euros mensuales.

·         A tiempo parcial, jornada equivalente al 75%: reducción a 75 euros mensuales.

·         A tiempo parcial, jornada equivalente al 50%: reducción a 50 euros mensuales.

Periodo de aplicación:

·         Durante 24 meses a partir de la fecha de efectos del contrato que deberá formalizarse por escrito.

·         Las empresas que cuenten con menos de 10 trabajadores en el momento de celebrarse el contrato, se podrán aplicar, además, una reducción equivalente al 50% de la aportación empresarial por contingencias comunes, durante los 12 meses siguientes.

Si las bajas y altas no son coincidentes con el primer o último día del mes natural, la reducción será proporcional.

Requisitos:

·         Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la seguridad social tanto en la fecha de efectos del alta del trabajador como durante el periodo de aplicación.

·         No haber extinguido contratos por causas objetivas o disciplinarias que hayan sido declarados judicialmente improcedentes; ni despidos colectivos, en los últimos 6 meses antes de la formalización de los contratos.

No se tendrán en cuenta las producidas antes del 25 de febrero.

·         Que las contrataciones supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total, tomando como referencia el promedio diario de trabajadores en los 30 días anteriores a la celebración del contrato.

·         Mantener durante 36 meses tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total.

Se examinará cada 12 meses.

A estos efectos no se tendrán en cuenta los despidos por causas objetivas ni los disciplinarios.

·         No haber sido excluido del acceso a la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracción grave, del artículo 22.2, o muy grave, artículos 16 y 23, del Real Decreto Legislativo 5/2000

Excepciones (no será de aplicación a):

·         Las relaciones laborales de carácter especial según Estatuto de los Trabajadores.

·         Contrataciones que afecten al cónyuge, ascendientes, descendientes, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, del empresario o de quien ostente cargo de dirección.

Se exceptúa de esta prohibición la contratación, por el régimen general, de los hijos menores de 30 años (o mayores si tienen discapacidad), por Autónomos.

·         Contratación de trabajadores por algunos de los regímenes especiales en el RGSS.

·         Contratación de trabajadores considerados al servicio del sector público según la Ley de Presupuestos Generales del Estado (art. 20 y 21)

·         Contratación de trabajadores que hubiesen estado contratados en otras empresas del grupo en los 6 meses anteriores a la nueva contratación. No será de aplicación a las producidas antes del 25 de febrero.

·         Contratación de trabajadores que hubiesen prestado sus servicios en la misma empresa o entidad en los 6 meses anteriores a la fecha del contrato. No será de aplicación a aquéllos trabajadores cuyo contrato se hubiera extinguido antes del 25 de febrero.

Reintegro:

·         Por aplicación indebida corresponde el reintegro de las cantidades dejadas de ingresar más el recargo y el interés de demora correspondiente.

·         En caso de no mantener los niveles de empleo el tiempo establecido:

o   Si el incumplimiento se produce en los 12 meses desde la contratación, se reintegrará el 100%

o   Si se produce en los 24 meses desde la contratación, se reintegrará el 50%.

o   Si se produjera a los 36 meses, correspondería el 33%.

No procedería exigir recargo ni interés de demora.

Estas reducciones serán objeto de control y revisión por la TGSS y por la ITSS.

Otras limitaciones:

- Estas reducciones son incompatibles con cualquier otro beneficio en la cotización por el mismo contrato.

- Estas reducciones no son de aplicación a la cotización por horas complementarias que realice el trabajadora tiempo parcial.

Entrada en vigor: 2 de marzo de 2014

(Información recibida por gentileza de CEOE Tenerife)

OTROS TEMAS DE INTERÉS

 

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Quiere dar a conocer al resto del colectivo el servicio de rotulación de una guagua en su trasera y laterales por 800 €/ mes (contratación mínima de 3 meses)

Para más información o contratar, pf diríjase directamente a la empresa en el teléfono 922 646824 (o en el mail tenerife@publiservic.com) preguntando por la Srtª. Lilia. No olvide presentarse como asociado del CEST.

Paella benéfica en pro del Centro de Discapacitados de Adeje y la Asociación San Juan de Adeje.

La Asociación Hindú del Sur de Tenerife y el Club de Leones, organizan en colaboración con el Asociado Gourmetland una paella benéfica para recaudar fondos en beneficio del Centro de Discapacitados de Adeje y la Asociación San Juan de Adeje.

La misma tendrá lugar este domingo 16 de marzo en horario de 13 a 16:30 horas en la plaza junto al Hiperdino Aliur Fañabé.

La ración de paella con refreso (o agua) es de 5 €.

Para más información, se ruega llamar a los organizadores en el 659 490629 (D. Prakash Udhwani) comentando que es miembro del CEST.  

 

Revista de la Asociación española contra el Cáncer

En conformidad con su compromiso con causas sociales (el CEST tiene un servicio de Responsabilidad Social Empresarial), deseamos colaborar con la Asociación Española contra el Cáncer.

Por eso les enviamos su revista con lo más relevante de lo realizado por la AECC en 2013, animándoles a su lectura.

Para ello, pf clique aquí.

 

En virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal 15/1999 de 13 de Diciembre, y conjuntamente con la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y del Comercio Electrónico 34/2002 de 11 de Julio; este email se le envia una sola vez, pudiendo ejercitar su derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de sus datos por mail a la dirección cest@cest.org