Resumen del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo en relación a las medidas fiscales y laborales que pueden afectarnos como empresarios. Información de Goya Abogados

MEDIDAS FISCALES PARA EMPRESAS:

En cuanto a los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (modelo 202) se introduce la opción de acogerse a la base de cálculo del art. 40.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, en el plazo ampliado hasta el 20 de mayo de 2020.

Las empresas que hayan presentado antes de la entrada en vigor de este Real Decreto el primer pago fraccionado conforme a la modalidad prevista en el art. 40.2 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, podrán presentar el siguiente pago fraccionado (2p) de octubre de 2020 por la modalidad del art. 40.3, deduciéndose la cantidad abonada en el primer pago fraccionado.

Para las empresas acogidas a la base de cálculo del art.. 40.2 que hayan visto afectada su actividad económica por la crisis del COVID-19 puede resultar interesante el cambio a la modalidad del art. 40.3, ya que podría suponer un ahorro en el pago del impuesto sobre Sociedades. El cambio de modalidad tendrá efectos únicamente en este periodo impositivo.

MEDIDAS LABORALES:

Se prorrogan 2 meses (sin perjuicio de que puedan establecerse más prórrogas para estas medidas), desde la finalización del estado de alarma las siguientes:

-Carácter preferente del trabajo a distancia: Esta medida es establecida por la empresa, siempre que sea viable.

-Derecho de adaptación del horario y reducción de jornada: Esta medida tiene que solicitarla el trabajador, especificando las medidas concretas (cambio de turno, alteración de horario, horario flexible, jornada partida, etc…) y acreditar que concurren las circunstancias exigidas por el art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo.

En este correo se mencionan únicamente el resumen de algunas de las novedades introducidas por el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo (“RD 15/2020”). Los requisitos completos no los reproduzco aquí para evitar dilaciones en esta comunicación, pero quien esté interesado puede solicitarlos a esta dirección y recibirá otro email explicativo.

También puedes encontrar el texto completo puede encontrarlo en el siguiente link:  https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-4554.

Para contactar con GOYA ABOGADOS, puede hacerlo al email: inesvera@goyaabogados.com, o al teléfono: 922 79 75 00.